El Ayuntamiento de Madrid, aplicando la Ley Mordaza, sanciona con 601 euros a un hombre por acudir a una manifestación con un megáfono
Dentro de unas semanas se cumple un año de que Pedro Casas, presidente de la Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto (AVCA), fuese avisado por la Policía Municipal de Madrid de que estaba incumpliendo la ordenanza acústica durante una manifestación en la que se reclamaba el cierre del CIE de Aluche y resignificarlo como un Centro de Memoria. Esta petición de las asociaciones vecinales de Carabanchel tiene un sentido profundo y de compromiso con la memoria histórica, pues el actual CIE de Aluche fue el centro hospitalario de la Cárcel de Carabanchel, aledaño al terreno donde se encontraba la propia cárcel, derribada en 2008, y lugar en el que se cometió la mayor represión franquista de Madrid.
El 29 de marzo de 2023 se celebró esta manifestación que comenzaba en el Intercambiador de Aluche, seguía por la Avenida de los Poblados y finalizaba en el CIE de Aluche. Casas, como presidente de la AVCA, acudió a la manifestación con un megáfono para organizar al centenar de personas que acudieron, animarlos e iniciar cánticos — lo normal en una manifestación, vamos —, cuando un agente municipal le “advirtió” con multarle si utilizaba el megáfono justificándose en la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (2011) en la que se regula la utilización de megafonías en espacios exteriores.
Casas, que no pensaba que la utilización de un megáfono en una manifestación pudiese ser realmente sancionado — en todas las manifestaciones se utilizan los megáfonos de mano —, hizo caso omiso y lo utilizó durante la marcha realizando cánticos como “Verdad, Justicia y Reparación” o “Centro de Memoria de Carabanchel”.
Ocho meses después de dicha manifestación, el presidente de la AVCA recibió la notificación de que estaba sancionado por dos motivos; en primer lugar, por no tener el permiso que exige la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica y, en segundo lugar, por desobediencia a la autoridad, legislado en la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente como Ley Mordaza. La desobediencia a la autoridad es una infracción catalogada como grave en el art. 36.6 de la Ley Mordaza y estas tienen una sanción tipificada de entre 601 a 30.000 euros, por lo que le impusieron la sanción mínima.
La cuestión de este caso no es el hecho de cómo está tipificado, la gravedad de la sanción o la cuantía que deberá abonar, la discusión que nos atañe es que la aplicación de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (2011) es un instrumento utilizado por el Ayuntamiento de Madrid para coartar el derecho a la protesta. Porque un megáfono no hace más ruido que una mascletà de 300 kilos de pólvora en el mismo distrito que la sanción interpuesta, aunque tenga la autorización del Ayuntamiento de Madrid que, a su vez, fue el organizador de la propia mascletà. Si de verdad la ordenanza se aplica “con el fin de evitar la superación de los límites señalados en la presente ordenanza y las molestias a los vecinos” como indica el art. 40.1, una mascletà supera más el límite de ruidos y la molestia de los vecinos que un megáfono. Una comparativa que ha utilizado la plataforma Salvemos Carabanchel para señalar la molestia que han podido sufrir los vecinos más cercanos en las dos situaciones, resultando que la mascletà se encontraba mucho más cerca de las viviendas que donde se utilizó el megáfono.
Hay que recalcar que la sanción que se le ha interpuesto a Salas no es por el hecho de “saltarse” la ordenanza de ruidos, si no por desobedecer las órdenes del agente municipal, amparado en la Ley Mordaza.
A razón de ello, colectivos vecinales, sociales, de memoria histórica y partidos políticos convocaron una concentración el jueves 7 de marzo en la Junta Municipal de Latina para protestar por esta sanción imputada a Salas y en defensa de la libertad de expresión y del derecho a la protesta que se están — siguen — vulnerando amparadas en la Ley Mordaza. La respuesta de la Policía Municipal ante esta concentración ha sido sancionar a la persona que portaba esta vez el megáfono, aplicando la misma Ordenanza con la que se avisó a Salas.
Una Ordenanza que debe haber sido descubierta por el Consistorio de José Luís Martínez-Almeida hace relativamente poco y a la que ha cogido con gusto, pues ayer 8 de marzo prohibió a UGT y CCOO la utilización de megafonía en la concentración que realizaron por la mañana en la plaza del Museo Reina Sofía a razón el 8M justificándose en la normativa acústica.